Corte Constitucional deja en firme la Ley Zidres
El pasado 2 de mayo, de manera unánime, la sala plena de la Corte Constitucional avaló la ley que permite la creación de las denominadas Zonas de Interés de Desarrollo Rural Económico y Social (Zidres). Esta norma, según el Gobierno, será una de las herramientas claves para el desarrollo agropecuario, la productividad y la seguridad jurídica en el país.
La ley había sido demandada por un grupo de congresistas del Polo Democrático y la Alianza Verde, quienes consideraron la Ley 1776 de 2016 como inconstitucional y lesiva contra los intereses del campesinado. El senador Jorge Robledo, uno de los demandantes, dijo que esta norma viola un precedente fijado por la misma Corte Constitucional sobre el acceso a tierras baldías por parte de los campesinos.
El congresista Robledo se refirió a la sentencia C-644 de 2012, en la que la Corte tumbó tres artículos del Plan de Desarrollo presentado por el presidente de la República, Juan Manuel Santos, y que prohíbe entregar baldíos a nacionales y extranjeros «en lugar de campesinos sin tierra». Según Robledo, las tierras baldías del Estado solo se le pueden concederse a pobres del campo y en áreas relativamente pequeñas, pero, según él, lo que hace la ley es que puedan entregarse a cualquiera y en cualquier tamaño.
Las Zidres se constituirán en áreas apartadas de centros urbanos, en donde la tierra, entre otras, requiera grandes inversiones para empezar a producir. Esta figura le permite al ejecutor del proyecto productivo pedir en concesión o arrendamiento los baldíos de la Nación y conseguir la cantidad de tierras en la medida en que su plan lo necesite. Precisamente, ese fue el aspecto que generó la demanda en la Corte Constitucional. Pero luego de estudiar la demanda la corporación determinó que la norma era ajustada.
El Gobierno ha defendido que los proyectos productivos permitirán habilitar más de siete millones de hectáreas para la producción de alimentos y recursos forestales respetando el medio ambiente y la generación de empleos dignos en el campo. El entonces ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, defendió la norma arguyendo que cuando haya predios baldíos “en ningún caso se hará el traslado de título de propiedad y se tendrá que cumplir con un pago de contraprestación de dinero que irá al fondo de desarrollo rural par a proveer la infraestructura necesaria”.
Con información de: www.elespectador.com
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