Compromiso Ambiental en la Industria: Ahora Será Obligatorio y Por Decreto

La gestión ambiental es una práctica corporativa de responsabilidad con el medio ambiente, y uno de los aspectos más influyes sobre la visión que, en el mercado, se tiene de las empresas. La expedición del Decreto 1299, además de comprometer al sector industrial con el cuidado del medio ambiente, se constituye como una herramienta para su fortalecimiento.

 Aunque el cuidado del medio ambiente ocupa un puesto relevante desde hace varios años en la agenda corporativa de muchas empresas en el país, la expedición del Decreto 1299 de 2008, el pasado 22 de abril por parte del Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, reglamenta y obliga –por primera vez– que al interior de las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas de carácter industrial se conforme el Departamento de Gestión Ambiental (DGA) como el área responsable de garantizar el cumplimiento de la normatividad ambiental.

La norma –que también dicta otras disposiciones a fin que las empresas incluyan el manejo ambiental como parte integral del sector productivo y reduzcan así el impacto ocasionado por su actividad en el entorno– define como funciones de los DGA, la creación de mecanismos para prevenir, minimizar y controlar la generación de cargas contaminantes; la promoción de prácticas de producción más limpia, del uso racional de los recursos naturales, de la eficiencia energética y el uso de combustible más limpios; la implementación de opciones para la reducción de emisiones de gases de efectos invernadero; y protección y conservación de los ecosistemas.

Con el establecimiento de los DGA se busca, además de alcanzar los objetivos de calidad ambiental exigidos en el Decreto en mención, disminuir los costos operativos de la empresa por cuanto las acciones emprendidas según sus funciones, se ajustan a la realidad interna y externa de la organización. Por eso, variables como el tamaño de la empresa, el estado de avance en el que se encuentre la gestión ambiental en la misma, y hasta la actividad económica que desempeña, son aspectos que deben ser evaluados (en un análisis económico previo) para determinar el costo-beneficio del DGA.

Alcance de la Norma

En términos generales, se puede decir que el Decreto 1299 busca que la industria del país implemente, con urgencia, la gestión ambiental y le da a ésta un carácter especializado dentro de la administración corporativa a través de la creación de los Departamentos de Gestión Ambiental. De ahí que las funciones del área estén encaminadas a convertir la gestión ambiental en parte esencial e integral de la gerencia corporativa.

  • No obstante, la norma aclara su carácter de obligatoriedad únicamente para aquellas empresas que requieran de algún tipo de autorización, licencia, permiso o concesión ambiental para su funcionamiento, y cuya actividad económica esté explicita en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas – CIIU(1); dentro de la cual algunas actividades del sector maderero, como la fabricación de productos de madera y la elaboración de muebles, se mencionan en la categoría correspondiente a industrias manufactureras, lo que hace explicito que estas empresas deben cumplir el Decreto.

Teniendo en cuenta que el plazo máximo para la creación del Departamento de Gestión Ambiental es de seis meses a partir de su expedición (es decir en octubre de 2008) para las grandes y medianas empresas, y de nueve meses (hasta enero de 2009) para las micro y pequeñas empresas (PYMES), cabe anotar que esta exigencia legal es, según los expertos, un proceso sencillo si se sigue lo estipulado en el Decreto.

Ante todo, el establecimiento del DGA al ser parte de la agenda corporativa debe ser una iniciativa que parte desde la alta gerencia, la cual determinará (además de las mencionadas por el Decreto) las funciones y responsabilidades de esta área al interior de la organización, y dispondrá de los recursos económicos, materiales y recurso humano, necesarios para su funcionamiento.

En este sentido, la regla admite que dicho Departamento puede estar conformado por personal propio o externo a la empresa (siempre y cuando sean expertos en las materias para las cuales son contratados), y pueden hacer parte del mismo los profesionales, tecnólogos o técnicos con formación o experiencia en el área ambiental.

Cabe destacar que el Decreto da relevancia al artículo 8° de la Ley 1124 de 2007, que reglamenta el ejercicio de la profesión de Administrador Ambiental, cuyo objetivo es, precisamente, “gestionar, supervisar, controlar, y ejercer autoridad” sobre los temas ambientales. Igualmente, la norma define que el DGA puede integrar otras áreas organizacionales (como la de salud ocupacional, seguridad industrial o calidad), siempre y cuando las funciones en materia ambiental sean explicitas y se dé cumplimiento total al Decreto.

Por otro lado, con el objetivo de facilitar este proceso a la PYMES, el Decreto señala que éstas se pueden agremiar de acuerdo a su actividad económica para conformar un DGA común que oriente el que hacer ambiental de las empresas agremiadas; pero es explicita al definir que la responsabilidad ambiental es individual y propia de cada empresa.

Cabe resaltar que a nivel nacional, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), y las entidades públicas o privadas de asesoría en la implementación de tecnologías ambientales, brindan asistencia sobre la creación e implementación de los DGA, acorde con la nueva norma.

Baja Inversión, Mayor Rentabilidad

Una de las finalidades de la gestión ambiental es implementar diferentes mecanismos como los planes de manejo, guías o buenas prácticas ambientales (producción más limpia, las cero emisiones o el mejoramiento continuo en esta materia) a fin prevenir los efectos negativos sobre el entorno, por la actividad empresarial. Por esta razón, los procesos, productos o servicios, requieren, por parte de la organización, cambios en la tecnología usada, la infraestructura física o en las prácticas operativas. No obstante, gracias a la visión integral de la gestión ambiental, estas reformas resultan ser para la empresa, más que un gasto, una inversión cuyo retorno se hace evidente con el paso del tiempo.

En términos generales y en materia de procesos, los sistemas ambientales tienden hacia la conservación y ahorro de materias primas e insumos, la reducción de gastos operativos totales por concepto del consumo de agua y energía, la minimización o eliminación de la cantidad de residuos o materiales tóxicos, o hacia la liberación accidental de contaminantes; en materia de productos, hacia la reducción de los impactos negativos a lo largo del ciclo de vida de los mismos, desde su diseño hasta su disposición final; y en materia de servicios, hacia la delineación y prestación de los mismos conforme al cuidado ambiental.

Así, por ejemplo, se estima que por la optimización en el consumo del agua, una empresa puede disminuir los costos hasta un 10, 15 o 20 por ciento; o entre un 5 y 10 por ciento, en el caso del consumo de energía. En el caso del sector maderero, por ejemplo, para las micro y pequeñas empresas, existen programas de ahorro de energía enfocados especialmente a la optimización de los trabajos de corte, cepillado, y secado de las maderas, con los cuales se puede además favorecer procesos más eficientes, y la reducción por los costos relacionados con el consumo de materias primas entre un 5 y 10 por ciento.

Igual sucede en las medianas o grandes, en las que mediante la implementación de tecnología CNC o de última generación en su maquinaria y equipos para corte, pintura o secado, no solo se logran procesos más ágiles (lo que redunda en la disminución en el consumo de energía, por ejemplo), sino también productos de mayor calidad.

Por otro lado, para aquellas organizaciones que ya tienen implementados ciertos procedimientos de manejo o elementos del sistema ambiental, la adopción de la gestión ambiental, y por ende la creación del DGA, exige una menor inversión, en la medida que ya está cumpliendo con algunos de los requerimientos legales estipulados en el Decreto 1299. Igual sucede con las PYMES que al ser organizaciones de menor tamaño, y tendiendo en cuenta los beneficios –ya mencionados– que la norma les otorga, este paso en su administración requiere un menor costo, comparado con el que deben asumir las grandes empresas.

Sumado a lo anterior, cabe resaltar que en Colombia las inversiones en control y mejoramiento del medio ambiente, conllevan a una exclusión del pago del Impuesto del Valor Agregado (IVA) y del pago por deducción de Renta Líquida, beneficio estipulado también en el Decreto 1299, lo que representa para las empresas un estimulo al cumplimiento de la normatividad ambiental.

La Gestión Ambiental Empresarial

La gestión ambiental es un concepto integral que contempla varias definiciones: es un proceso orientado a resolver, mitigar o prevenir los problemas de carácter ambiental; es el conjunto de actividades, normas e instrumentos para la planeación, gestión, ejecución y supervisión de las actividades humanas a fin de minimizar y corregir los impactos negativos sobre el entorno y son las acciones necesarias para garantizar el uso racional y sostenible de los recursos naturales renovables.

De igual manera significa el cuidado y preservación de la salud tanto de los trabajadores en una organización, como de los habitantes del espacio geográfico de influencia en el cual se desarrollan las actividades empresariales, lo que implica la protección de la calidad y cantidad del espacio público, la vegetación urbana y el aire; y la mitigación de la contaminación por ruido y el control de la contaminación visual.

La gestión ambiental, se trata entonces de un proceso de mejoramiento continuo que se desarrolla en etapas como la planeación, la evaluación, la ejecución, la verificación y el seguimiento periódico y que utiliza mecanismos de las nuevas tecnologías ambientales (como la Producción Más Limpia o el manejo de residuos) con el objetivo de promover procesos productivos que les permita a las empresas un óptimo desempeño ambiental.

Aunque para muchas de ellas éste es sólo una forma de cumplir con los requisitos legales y evitar sanciones, para otras empresas, el manejo ambiental es un componente de su actividad diaria que además de traducirse en la disminución de los costos operativos y administrativos, es una puerta de entrada a los mercados nacionales e internacionales, por cuanto les brinda un valor agregado incalculable, que es apreciado actualmente por los inversionistas, mayoristas, distribuidores, proveedores e incluso por el consumidor final.

Bajo este panorama, la gestión ambiental, objetivo esencial del DGA, se constituye en un valor de importancia para las empresas. La interacción de la misma con la gestión corporativa, permite encontrar acciones y propuestas que aporten al mejoramiento estratégico y sostenible de las organizaciones y del sector, que de paso hace posible su concurso en una economía globalizada, donde los mercados son cada vez mas exigentes respecto al manejo ambiental de los productos y la calidad de los mismos.

Citas:

  • La Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas (CIIU), aprobada en 1948, es la clasificación internacional de referencia de las actividades económicas productivas, y tiene como fin facilitar un conjunto de categorías de actividad que pueda utilizarse para la elaboración de estadísticas por actividades. La misma es utilizada en la mayoría de los países del mundo en la elaboración de las clasificaciones nacionales de actividades. En Colombia es adoptada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE (Resolución 56 de 1998, modificada por la Resolución 300 de 2005).

Fuentes:

  • Diego González Quiceno, administrador del medio ambiente, gerente Neotrópico. neotropico@neotropico.com
  • Revista M&M, No. 55, marzo-mayo de 2007.

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