Las Empresas de la Cadena y la Seguridad Jurídica, o Algo Así…

Federación Nacional de Industriales de la Madera, Fedemaderas

En el lenguaje jurídico especializado, se menciona abierta y copiosamente a la Seguridad Jurídica como uno de los propósitos o principios básicos y fundamentales del Estado de Derecho, y Colombia se ha declarado un Estado de Derecho, sin lugar a dudas.

En 2010, el entonces Magistrado de la Corte Constitucional, Humberto Sierra Porto, proponía una definición de Seguridad Jurídica: “La seguridad jurídica existe cuando un Estado es capaz de proporcionar: (i) reglas de juego claras, derechos y obligaciones precisas, de los ciudadanos entre si y de estos frente al Estado, (ii) previsibilidad de las decisiones en dos ámbitos, cuando se ejercen peticiones frente al Estado y previsibilidad en la decisión de conflictos que el Estado dirime, y (iii) mecanismos ágiles y eficaces para resolver los conflictos.”

Considerando lo anterior, para nuestras empresas de la cadena forestal-madera-mobiliario, es indispensable que el Estado proporcione esas reglas de juego claras, se conozcan los derechos y obligaciones precisos de cada segmento productivo y de cada empresario, frente a sus colegas y a las empresas de otros sectores, de otros países; y de todos, frente al Estado.

Por ejemplo, se debe saber exactamente y con antelación, si el Estado considera útil y respetable la actividad de reforestación comercial, y de ser así –como este Gobierno lo ha manifestado en distintas formas– si los demás entes del Estado, como las autoridades ambientales regionales, los concejos municipales, las autoridades locales, actúan según el “consenso” del Gobierno, la Ley y las instituciones de mayor jerarquía.

Por ejemplo, se debe saber también, si los derechos de propiedad de tierras y árboles sembrados, con interesantes inversiones y que producen empleos directos en magnitud de un empleo estable, sostenible, con prestaciones de Ley, por cada 11,5 hectáreas  –sin contar la cosecha– acogidos y respetados por el Estado, son acogidos y respetados también en el ámbito Municipal. Es imperativo conocer si Todos los entes del poder ejecutivo nacional están de acuerdo con estos postulados o, si por el contrario, en un ejercicio de incoherencia institucional, algunos de ellos pretenden estatuir la expropiación sin indemnización para las plantaciones comerciales, por la vía de artículos espurios en proyectos de Ley en curso.

Y por ejemplo, es un pilar básico de los negocios saber hasta donde el Estado es coherente entre sí, en las decisiones, técnicamente soportadas, de apoyo sectorial. Por ejemplo, si una rama del Gobierno acata los principios del Plan Nacional de Desarrollo y toma decisiones importantes de cambios sectoriales favorables, con soporte técnico; los demás entes de otras ramas deben sumarse a esas decisiones y soportar acciones de cambio favorable también en criterios técnicos; o si por el contrario deben responder a decisiones  basadas en criterios individuales, de opinión, o de denominado “honor” del ente a cargo.

«La armonía e interacción adecuada y oportuna de las ramas del poder en el Estado, en torno de temas o sectores, es parte de la Seguridad jurídica. El ejemplo aquí es la posibilidad de control constitucional de los proyectos de ley o de apoyo conceptual previo de la Honorable Corte Constitucional a los Gobiernos, para que normas que regulan la actividad de sectores productivos se ajusten a los criterios de Constitucionalidad de la Corte, y NO se genere la inestabilidad económica e institucional que afecta, por ejemplo al sector forestal, con dos leyes sectoriales y la Norma de regulación de tierras inexequibles, todas en los últimos cuatro años.

En un ejemplo final, decenas de decretos, leyes, resoluciones e interpretaciones de las mismas aparentemente vigentes, para regular la actividad económica de un sector productivo que busca crecer, son elementos contrarios a la seguridad jurídica, pues impiden la claridad de los empresarios, ciudadanos ajenos a la filigrana de armonización e interpretación jurídica.

Podríamos  llevar a la cotidianidad de las empresas, muchísimos ejemplos de aplicación de postulados de la Seguridad Jurídica y de búsqueda diaria de nuestro Gremio en los distintos escenarios, pero quizá lo importante sea resaltar que el Derecho a la Seguridad Jurídica de nuestros empresarios, es inherente a ser ciudadanos y habitantes de nuestro país y las autoridades y sus representantes están obligados a respetarlo, sin que se trate de una posibilidad discrecional o de favor alguno al sector productivo.

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